martes, 31 de mayo de 2011

SEXO Y GÉNERO



Algunos conceptos del lenguaje de género:

SEXO Y GÉNERO:

SEXO: Alude a las diferencias biológicas (anatómicas y fisiológicas) relacionadas con la reproducción. Es universal.

GÉNERO: Construcción cultural hecha a partir de las diferencias biológicas: Se establecen aptitudes, actitudes y roles sociales diferentes para ambos. Lo femenino y lo masculino no son hechos biológicos sino una construcción cultural. Se alude, en adelante, al género femenino.

PATRIARCADO:

En la sociedad patriarcal los puestos clave de los poderes político, económico, religioso o militar están en manos de los hombres.

En los países en vías de desarrollo se apoyan leyes basadas en costumbres, utilizando la coacción como medio de control, y en países desarrollados se utilizan formas más sutiles, como por ejemplo la incitación a través de la publicidad, ya que las normas sociales no admiten la imposición abierta.

ROLES Y ESTEREOTIPOS:

ROLES DE GÉNERO: Comportamientos adquiridos y aceptados como adecuados o no, que favorecen la inserción de la mujer en la sociedad o bien la hacen desaparecer de la misma.

Están directamente relacionados con el reparto de tareas: La mujer dedicada al cuidado del hogar y de las personas, dentro del ámbito privado y no remunerado. El hombre ocupando el ámbito público y remunerado y con participación en la toma de decisiones.

ESTEREOTIPOS DE GÉNERO: Ideas impuestas y simplificadas, fuertemente arraigadas sobre características, aptitudes y actitudes de mujeres y hombres que “a fuerza de repetirse se hacen verdaderas”. Todas las personas contribuimos a su perpetuación en alguna medida.

IGUALDAD FORMAL E IGUALDAD REAL:

La IGUALDAD FORMAL: Es el reconocimiento legal de la igualdad recogido en las Leyes (Constitución Española, Estatuto de los trabajadores o Convenios Colectivos).

IGUALDAD REAL O EFECTIVA: La igualdad formal no ha sido verdadera históricamente en España. Se mantienen diferencias determinadas por roles o estereotipos.

La Igualdad Real como tratamiento equivalente para mujeres y hombres aparece legislada en la L. O.3/2007 de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres de 22 de marzo.

DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO Y POR RAZÓN DE GÉNERO:

POR RAZÓN DE SEXO: Si discriminación es lo opuesto a igualdad, hablaremos de trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos de su pertenencia a un sexo.

Hay tres tipos de discriminación por razón de sexo:

Discriminación Directa: “…la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pueda ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en una situación comparable” Art.6, L.O. 3/2007 de Igualdad Efectiva entre mujeres y hombres.

Discriminación Indirecta: Situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros, pone en desventaja a personas de un sexo con respecto a otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean adecuados y necesarios, (Art. 6.2 L.O. 3/2007 de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres).

Discriminación Múltiple: Suma de factores como: sexo, edad, raza, opción sexual, origen étnico, que sumados dan origen a la discriminación.

DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE GÉNERO:

Recordamos: género sería el conjunto de funciones, derechos y responsabilidades asignados a las mujeres socialmente. Estas identidades de género son la base de asiento de la discriminación de género.

Como ejemplo de discriminación por razón de sexo están las trabas que se ponen a una mujer para acceder a un puesto tradicionalmente masculino y llamamos discriminación de género a las trabas que se le ponen para ascender en el empleo, una vez está dentro de ese sector masculinizado.

ESPACIO PRIVADO, PÚBLICO Y DOMÉSTICO. ÁMBITO REPRODUCTIVO Y ÁMBITO PRODUCTIVO:

ESPACIO PRIVADO: Lugar de tiempo propio, culto a la individualidad, cualidad de ocuparse de sí mismo/a. Hombres y mujeres disponen de él en la misma medida.

ESPACIO DOMÉSTICO: Crianza y cuidado de descendientes, de dependientes y del hogar. Está relacionado con el trabajo reproductivo y doméstico: Actividad no remunerada, reproductora, cuidadora, mantenedora y transmisora del código de valores. En este espacio se sitúa tradicionalmente a la MUJER.

ESPACIO PÚBLICO: Ámbito productivo: En el que tiene lugar la vida social, laboral, política y económica, la participación social, con reconocimiento jurídico y contraprestación económica o“Actividad”. Este se atribuye tradicionalmente al HOMBRE.

A menudo se suelen confundir los espacios privado y el doméstico lo que da lugar a determinadas discriminaciones.

MAINSTREAMING O TRANSVERSALIDAD DE GÉNERO:

Se trata de tener en cuenta sistemáticamente las diferencias en las condiciones, situaciones y necesidades de mujeres y hombres en las fases de diseño planificación ejecución y evaluación de todas las políticas y proyectos de desarrollo.

Principios en los que se basa la Incorporación Transversal de la Perspectiva de Género:

  • Mujeres y hombres pueden estar (de forma inconsciente) subordinadas/os a una forma de pensar, ser y actuar definida por preceptos de género (Ej.la crianza de los hijos).
  • Orden social basado en la distribución desigual del trabajo, de los roles sociales, del poder, profesiones consideradas masculinas por las propias mujeres.
  • Supone cuestionarse el patriarcado como orden social.
  • Estudio y evaluación permanente de las condiciones de vida de mujeres y hombres.
  • Se basa en la participación paritaria en la toma de decisiones.
  • Posicionamiento ético-político que transciende a los ámbitos personales.
  • Afecta a todas las Instituciones y ámbitos de la vida porque el objetivo final es la transformación social, del orden patriarcal substituido por un orden paritario (No sólo afectaría a los organismos específicos de igualdad, como Instituto de la Mujer, sino a todas las Consejerías, sin estancos compartimentales).

ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL ENFOQUE TRANSVERSAL DE GÉNERO:

Voluntad política del personal técnico y político.

Recursos técnicos y económicos.

Formación técnica permanente (los cambios crean resistencias).

Informaciones y datos desagregados por sexo siempre.

Utilización de un lenguaje no sexista, que visibilice a las mujeres y sus aportaciones a la sociedad en todos los ámbitos.

Compromiso social y personal con la igualdad como valor y prioridad social.

Planificación de objetivos, métodos mecanismos, indicadores para evaluar recursos.

Integración de todas/os las y los agentes de todas las organizaciones implicadas.

CONCEPTO DE EMPODERAMIENTO:

Se refiere a la exigencia del aumento de participación de las mujeres en los procesos de toma de decisiones y acceso al poder en todos los ámbitos.

Relaciona con los ejes fundamentales de avance de las mujeres: Derechos humanos, Salud sexual y reproductiva y Educación.

Tiene dos aspectos:

ASPECTO PERSONAL:

1-Significa”tener claro lo que quiero, saber donde quiero llegar, y sentirme bien con ello y en ello”, tomar las decisiones que quiero.

2-Ser libre para tomar tus propias decisiones. No sentirse culpable y disponer de una vida personal además de la familiar, ser una o uno mismo independientemente de los demás.

ASPECTO COLECTIVO:

1-Trabajar colectiva y cooperativamente en los logros sociales, políticos y económicos.

2- Hablar de pactos entre las mujeres, de asociacionismo. Estar presentes en la sociedad.

3-Hablar de SORORIDAD: hermandad, confianza, fidelidad, apoyo y reconocimiento entre mujeres para construir un mundo diferente “recordando siempre que todas somos diversas y diferentes”.

Según Marcela Lagarde Empoderamiento significa: Poder propio, poder con y poder para.

TECHO DE CRISTAL:

Se refiere al acceso a puestos de poder y toma de decisiones para parte de las mujeres, que presenta todavía hoy numerosas dificultades. Estas barreras invisibles derivadas del sistema patriarcal impiden que las mujeres participen en igualdad y presentan las muchas dificultades de promoción laboral, acceso a espacios de poder y decisión. Alude a la existencia de un obstáculo invisible que impide el progreso en la carrera profesional de las mujeres en las empresas, especialmente cuando se acercan a la cumbre.

CAUSAS DEL TECHO DE CRISTAL: Son muy variadas:

-Desde los prejuicios sobre la capacidad de la mujer, o la carga de la maternidad, o las responsabilidades familiares y domésticas que se asignan a las mujeres de manera tradicional.

-Las estructuras de la industria, en extremo jerarquizada, y con hombres ocupando casi todos los puestos de toma de decisión. Funciona el principio de cooptación (designar por elección a alguien y no por reglamento o méritos) para muchos de esos puestos.

-Las largas jornadas laborales (en España) propias de la función directiva, el carácter marcadamente competitivo, y la escasa sensibilidad de las empresas por la conciliación de la vida personal y laboral son las causas de que las mujeres directivas sigan siendo minoría. (En los consejos administrativos españoles sólo un 6,61% son mujeres)

-El trabajo de muchas mujeres en espacios tradicionalmente masculinos es observado de forma más inquisitiva que el de sus compañeros varones, a ellas se les exige un nivel de “excelencia”, que casi nunca se les exigiría a los hombres.

-La incidencia que los estereotipos tienen en la orientación profesional,ya sea desde la familia o desde el propio sistema educativo, a la hora de elegir una profesión.

LEGISLACIÓN:

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. (B.O.E n. 71 de 23/3/2007)

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. (B.O.E número 313 de 29/12/2004)

Ley Orgánica 39/1999, de 5 de noviembre, para Promover la Conciliación de la Vida Personal y Laboral de las Personas Trabajadoras. (B.O.E. 06/11/1999)

Ley del Principado de Asturias 2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género.

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